Hay tantas cosas que decir sobre las Empresas de Trabajo Temporal que no sé por dónde empezar. Comenzaré por el principio, su propia definición para que todos sepamos de qué estoy hablando.
Si miramos en la página web de Wikipedia dice: "Una empresa de trabajo temporal (ETT) es una empresa que sirve de intermediario para procurar un empleo a un trabajador o, paralelamente, un trabajador a un empleador." (Según la Wikipedia). Hasta aquí no hay ningún problema, la duda surge cuando uno debe de recibir un salario por parte de la ETT. Si vamos a la web Grupo Empleo nos explica que "El salario del trabajador se rige por el convenio de la empresa usuaria en la que se presta servicio, el resto de las condiciones se regirán por el V Convenio de ETT (BOE 8/02/08). Esto garantiza que los trabajadores de ETT perciban el mismo sueldo que el empleado de la empresa usuaria". Pero yo lanzo una pregunta de reflexión ¿Hasta dónde esto es cierto? Voy a poner dos ejemplos muy sencillos que me han ocurrido en mi experiencia laboral: